El Tribunal Superior de Justicia confirma que la Bulimia es Incapacidad Permanente Absoluta. Seguridad Social Badajoz, Cáceres, Mérida, Don Benito, Villanueva de la Serena.
En una reciente Sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de la que se hace eco el Periódico, dicho Tribunal confirma que la bulimia puede llegar a ser Incapacidad Permanente Absoluta.
El caso concreto:
La sentencia resuelve sobre la situación de un administrativo de 59 años que padecía dicha enfermedad.
El paciente padecía una «alteración del estado anímico» con ataques de pánico. La bulimia le produce vómitos espontáneos unas dos veces al día, sin necesidad de haber comido en exceso.
También sufre problemas amnésicos, fatiga cuando requiere concentración mental y dificultades léxico-semánticas para los nombres, en la compresión lectora y en simultanear tareas, además de discalculia (confusión de números y signos) y ansiedad generalizada.
Además, tiene un evidente deterioro cognitivo, una merma importante en la capacidad de orientar una conducta con un fin determinado independiente y ha intentado autolesionarse.
La sentencia indica que «sus reducciones funcionales disminuyen muy severamente su capacidad laboral, a causa de sus amplias limitaciones, lo que convierte en meramente teórica la posibilidad de desarrollar una actividad laboral normalizada», aunque sea «sedentaria o liviana». No puede realizar un trabajo «con unos mínimos de rendimiento, eficacia y rentabilidad».
El Tribunal indica que la magistrada aplicó correctamente el artículo 194.5 de la Ley General de la Seguridad Social que define la incapacidad permanente absoluta como «aquella que inhabilite por completo al trabajador para toda profesión u oficio».