¿Qué hago si el INSS no me contesta en plazo? ¿Cuánto tiempo tiene el INSS para contestarme? Silencio administrativo. Seguridad Social Badajoz, Cáceres, Mérida, Don Benito, Villanueva de la Serena
Respuesta: todo depende del tipo de solicitud que hayamos hecho. En función de ello, tenemos unos plazos u otros.
Para el caso de Solicitud de Incapacidad Laboral Permanente, o de Solicitud de Revisión de Incapacidad Laboral Permanente, el plazo es de 135 días hábiles. Si no nos contestan, se entiende desestimada nuestra solicitud por silencio negativo, y tenemos 30 días para interponer una Reclamación Previa a esa desestimación presunta.
Una vez interpuesta la Reclamación Previa, el INSS tiene el plazo de 45 días hábiles para constestar, y si tampoco contestan en estos 45 días, tenemos 30 días hábiles para interponer la demanda ante los Juzgados de lo Social. En esta entrada analizamos con más detalle el caso de que el INSS de Badajoz no nos conteste a nuestra Reclamación Previa.
El resto de plazos que tiene el INSS para contestar a nuestras solicitudes de prestaciones está regulado en el Anexo del Real Decreto 286/2003, que establece la duración de los plazos para la resolución de los procedimientros administrativos para el reconocimieno de las prestaciones en materia de Seguridad Social.
Los plazos máximos de resolución y notificación de los procedimientos son los siguentes de más abajo. Todos se computan como días hábiles (no se cuentan los sábados, domingos ni festivos), y en todos los casos el silencio es negativo, y se entiende desestimada nuestra solicitud, por lo que hay que interponer Reclamación Previa a esa desestimación presunta.
Plazos máximos de resolución y notificación en los procedimientos
Denominación del procedimiento |
Plazo (días) |
---|---|
Pensión de jubilación en su modalidad contributiva y pensión de vejez del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) |
90 |
Prestaciones de incapacidad permanente, sus revisiones, lesiones permanentes no invalidantes e invalidez SOVI |
135 |
Prestaciones de muerte y supervivencia y viudedad SOVI |
90 |
Recargos de las prestaciones económicas en caso de accidente de trabajo y enfermedad profesional |
135 |
Prestaciones por incapacidad temporal (pago directo) |
30 |
Prestaciones por maternidad |
30 |
Prestaciones por riesgo durante el embarazo |
30 |
Asignaciones económicas familiares por hijo a cargo |
45 |
Prestación económica por nacimiento de hijo |
45 |
Prestación económica por parto múltiple |
45 |
Reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria |
1 |
Asistencia sanitaria en desplazamientos al extranjero |
45 |
Revisión de oficio de actos declarativos de derechos |
135 |
Reconocimiento de prestaciones devengadas y no percibidas |
30 |
Prestaciones otorgadas por el seguro escolar |
90 |
Pensiones de invalidez, en su modalidad no contributiva |
90 |
Pensiones de jubilación, en su modalidad no contributiva |
90 |
Prestaciones sanitarias complementarias. Régimen Especial del Mar |
90 |
Reintegro de gastos por asistencia sanitaria prestada con medios ajenos a la Seguridad Social. Régimen Especial del Mar |
90 |
Reintegro de gastos por asistencia sanitaria a trabajadores en el extranjero. Régimen Especial del Mar |
90 |
Abono de gastos por desplazamiento y dietas por traslado de enfermos. Régimen Especial del Mar |
90 |
Prestaciones amparadas en la normativa comunitaria europea o en normas de convenios bilaterales, tratados o acuerdos internacionales |
180 |