Equiparación de Incapacidad Laboral Permanente al 33% de Discapacidad. Si te reconocen una Incapacidad Laboral Permanente Total, deben reconocerte también una Discapacidad del 33%. INSS Seguridad Social Badajoz, Cáceres, Mérida, Don Benito, Villanueva de la Serena.
La Ley de Empleo 3/2023 de 28 de febrero ha modificado el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
Antes de esta modificación, el hecho de que nos reconocieran una Incapacidad Laboral Permanente Total o superior (Incapacidad Permanente Absoluta o Gran Invalidez), no implicaba de por sí, que también nos reconocieran un grado de Discapacidad. Sólo suponía beneficios fiscales cuando hacías la declaración de la renta.
Para que se nos reconociera una discapacidad, había que pedir que nos examinara otro organismo independiente al INSS, el SEPAD de Extremadura, con unas listas de espera superiores al año. Y no estaba garantizada la discapacidad igual o superior al 33%, pese a que el INSS te hubiera reconocido una Incapacidad Laboral Permanente, pues el SEPAD tiene criterios independientes al INSS.
Esto acaba de cambiar con la Ley de Empleo 3/2023, y ya se equipara el reconocimiento de una incapacidad laboral permanente total o superior, al 33% de discapacidad.
Así, establece el actual artículo 4.2 del Real Decreto 1/2013, que:
«se considerará que presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento las personas pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez y las personas pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.»
¿Qué beneficios supone que me reconozcan un 33% de discapacidad en Badajoz y Cáceres (Extremadura)?
Los beneficios son los siguientes:
AREA FISCAL. Información: 915548770 / Delegaciones de Hacienda.
- Exenciones en el IRPF. Deducciones en el IRPF por contribuyente, ascendientes o descendientes con discapacidad (posibilidad de abono anticipado según requisitos) Además, en Extremadura, deducciones adicionales a partir del 65% de discapacidad, y un 5% de decuccion por alquier de vivenda habitual (10% si la vivienda está en el medio rural).
- Deducciones por aportaciones al patrimonio protegido o planes de pensiones.
- En trabajadores autónomos, reducciones adicionales en la aplicación de los módulos.
- Deducciones en el Impuesto Autonómico sobre Sucesiones para herederos con discapacidad y Transmisiones Patrimoniales y Actos Jundicos Documentados (Oficinas Liquidadoras de Hacienda ubicadas en los Registros de la Propiedad).
AREA DE FAMILIA NUMEROSA. Información: 924010021-924010023-927004350.
- Uno o dos ascendientes con dos hijos/as, sean o no comunes, siempre que al menos uno de éstos tenga discapacidad o esté incapacitado para trabajar.
- Dos ascendientes, cuando ambos tengan discapacidad o estuvieran incapacitados para trabajar, o al menos uno de ellos tenga un 65%, con dos hijos/as sean o no comunes.
- Tres o más hermanos/as, huérfanos de padre y madre, mayores de 18 años, o dos hermanos/as si uno de ellos tiene discapacidad, que convivan y tengan una dependencia económica entre ellos.
PRESTACIONES Y OTRAS DEDUCCIONES O EXENCIONES
- Pensión No Contributiva Por Invalidez – PNC para menores de 65 años y 65% de discapacidad: complemento del 50% de la pensión para menores de 65 años, con 75% de discapacidad y situación de dependencia en cualquiera de sus grados (IMSERSO 900 40 60 80. Junta de Extremadura: 924 01 00 00).
- Complemento de la PNC Invalidez por vivienda en alquiler (ver requisitos en el 927 005920).
- Prestación Familiar por Hijo a Cargo de la Seguridad Social, según edad y grado de discapacidad (más información
en las CAISS -oficinas de la S.S- o en el 915 688 300). - Prestaciones económicas de pago único de la Seguridad Social por nacimiento o adopción de hijo por persona con discapacidad igual o superior al 65% (más información sobre requisitos: Servicio de Información de Discapacidad de la Seguridad Social: 900 16 65 65. Oficinas de la S.S).
- Ayudas individuales y para productos de apoyo de la Junta de Extremadura (según convocatoria).
- Las personas con discapacidad y medidas judiciales de apoyo (antigua incapacitación judicial) tienen el 65% de discapacidad a efectos de la Ley General de la Seguridad Social (Disposición adicional 25).
- Gratuidad en la obtención de productos farmacéuticos de uso pediátrico para extremeños menores de 15 años en situación de discapacidad, que pertenezca a familia numerosa o tenga enfermedad crónica (Decreto 68/2006, de 4 de abril).
- Programa de Salud Bucodental de personas con discapacidad intelectual PADDI (más información en centros de salud y hospitales).
- IVA reducido en productos de apoyo (en la entrega, adquisición o importación).
- Bono Social Eléctrico y telefónico para personas vulnerables (más información en su proveedor).
- Programas de atención de mutualidades (MUFACE, ISFAS, MUGEJU…).
- Renta Activa de Inserción (ver requisitos en oficinas del SEXPE).
- Vivienda y accesibilidad: subvenciones para adaptación de vivienda y zonas comunes, acceso a viviendas adaptadas, minoración renta en alquiler de vivienda social (Oficinas Comarcales de Vivienda en tfnos 924 010600 – 927001434. Ministerio de Fomento 900 900 707).
- Preferencia en las ayudas al alquiler de vivienda (Decreto 1/2017, de 10 de enero, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en materia de alquiler de vivienda).
TRANSPORTE
- Tarjeta de Estacionamiento, expedida por el Ayto, para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida o deficit visual severo (ambas circunstancias acreditadas previamente por el CADEX).Posibilidad de reserva de plaza de aparcamiento en lugar próximo al domicilio o puesto de trabajo. (Real Decreto 1056/2014, de 12 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad y reglamento autonómico de desarrollo: Decreto 135/2018, de 1 de agosto, de Accesibilidad de Extremadura).
- IVA reducido al 4% en la adquisición/adaptación de vehículo de motor que deba transportar habitualmente, con independencia de quien sea el conductor, a personas con movilidad reducida, afiliados a la ONCE o con derecho a tarjeta de aparcamiento por déficit visual severo (antes de comprar, solicitar en Hacienda, modelo 04).
- Exención del impuesto de matriculación y circulación (deducciones para Familias Numerosas).
- Tarjeta de transporte subvencionado -trayectos interurbanos en autobús con origen en Extremadura-destinada también a personas con discapacidad (Decreto 83/2017 de 23 de junio. Más información: Dirección General de Transportes, 924332000).
- Bus urbano gratuito en Badajoz para personas usuarias de silla de ruedas (solicitar en COCEMFE. 924 22 07 50). Otras localidades, preguntar.
- Descuentos con la Tarjeta Dorada de RENFE (estaciones RENFE o Agencias de Viajes).
- Taxi adaptado, Accesible o Eurotaxi : 924 24 31 01 – 927 24 24 24.
AREA EDUCATIVO-FORMATIVA
- Universidad de Extremadura: orientación a preuniversitarios, exención en matrículas, adaptaciones, cuota de reserva plazas, prioridad en elección de grupos y turnos, tutoría/seguimiento personalizado, prestamos de productos de apoyo, bolsa de empleo y/o prácticas, orientación laboral… (Servicio de Atención al Estudiante con Discapacidad: 927 25 70 00).
- UNED, facilidades: exención de servicios académicos, becas y ayudas, adaptaciones de pruebas (Centro de Atención a Universitarios con Discapacidad -UNIDIS- 91 398 6074 / 75).
- Obtención de mayor puntuación para obtener plaza pública en centros educativos tanto si el alumno como los padres presentan alguna discapacidad.
- Acceso gratuito a centros infantiles.
- Informarse sobre becas de formación públicas y privadas, asi como de Fundaciones (Prevent, Universia, Mapfre, Once …).
AREA DE SERVICIOS DEL MADEX
- Servicios de atención especializada desarrollados por el Marco de Atención a la Discapacidad de Extremadura – MADEX – Centros de Estancia Diurna y Centros Residenciales, así como tratamientos de Atención Temprana y Habilitación Funcional (Decreto 151/2006, de 31 de julio) (924 009525 / 924 009500/ 924 010128 / 927 005501).
AREA DE CULTURA, OCIO Y DEPORTE
- Programa de Turismo y Termalismo para personas con Discapacidad del IMSERSO. (COCEMFE, 924 22 07 50 – 927 00 43 50 Plena Inclusión, 924 31 59 11).
- Escuelas de pádel adaptado (Federación Extremeña, 924 23 92 75).
- Juegos Extremeños de Deporte Especial – JEDES. (Dirección. General De Deportes, 924 007 441).
- Escuela Municipal de Deporte Accesible de Cáceres. (Instituto Municipal de Deportes, 927627506/07).
- Club Multideportivo de Deporte Especial de Cáceres (ASPAINCA 927 23 63 51).
- Posibles deducciones de tarifas en el uso de instalaciones deportivas, culturales y de ocio.