Los Problemas de Espalda son Incapacidad Permanente para la profesión de Peón de las Industrias Manufactureras. INSS Seguridad Social Badajoz, Cáceres, Mérida, Don Benito, Villanueva de la Serena.
 

Nuestro cliente era Peón de las Industrias Manufactureras, y a consecuencia de enfermedad común consistente en «Lumbocitalgia, Discopatía Degenerativa evolucionada a varios niveles y Raquiestenosis secundaria», inició un proceso de Incapacidad Temporal de un año y medio de duración (período máximo en Incapacidad Temporal).

El INSS de Badajoz le denegó la Incapacidad Permanente por considerar que sus lesiones no eran suficientes para ser constitutivas de incapacidad permanente.

Formulamos Reclamación Previa que fue desestimada, y por tanto demandamos al INSS de Badajoz, por considerar que al trabajador le correspondía una Incapacidad Permanente Total para su profesión de Peón de las Industrias Manufactureras.

Sentencia estimando Incapacidad Permanente Total.

Tras unos días se admitió a trámite la demanda y nos notificaron la fecha del juicio en el Juzgado de lo Social de Badajoz. Tras la realización del juicio, llegó la sentencia donde el Magistrado entendía que la limitación que presentaba nuestro cliente le impedía desempeñar su profesión.

El Magistrado en su Sentencia argumenta lo siguiente para darnos la razón:

“[…] a la vista de los informes médicos aportados resulta que el actor presenta en esencia una alteración degenerativa de la columna vertebral que afecta de forma importante a la columna cervical, columna lumbar y sacro. Tiene carácter crónico, la solución quirúrgica está limitada y las soluciones farmacológicas son parciales y de éxito limitado. No en vano se le ha remitido a la unidad del dolor ante el escaso éxito de los tratamientos dispensados.

En cuanto a la repercusión funcional resulta que está impedido para actividades que requieren esfuerzos físicos de la cintura escapular y pelviana y la adopción de posturas forzadas y de trabajo agachado. En lo distintos informes se le recomienda no coger peso, no realizar movimientos bruscos, no hacer sobresfuerzos, evitar posturas mantenidas tanto en sedestación como en bipedestación, evitar la flexión anterior y la hiperextensión de c. lumbar.

Si acudimos a los requerimientos de su profesión según la Guía de Valoración Profesional, se observa que es muy exigente en carga física, carga biomecánica y bipedestación estática, grado 3 sobre 4, con lo que atendiendo a los padecimientos del actor se considera que está inhabilitado para el desarrollo de las principales tareas.

En la actualidad nuestro cliente está cobrando su pensión por Incapacidad Permanente Total. Igualmente le fueron abonados los atrasos desde la fecha en que el INSS de Badajoz le denegó la Incapacidad Permanente. Dicha pensión es compatible con el desempeño de otro tipo de profesión.

Os adjuntamos el Fallo de este caso de éxito:

Peón de la Industria Manufacturera. Incapacidad Permanente INSS Badajoz. Problemas de espalda. Juzgado de lo Social de Badajoz. Sentencia

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