Recomendaciones en la reincorporación al trabajo, tras la denegación de Incapacidad Permanente. INSS Seguridad Social Badajoz, Cáceres, Mérida, Don Benito, Villanueva de la Serena.
Ya analizamos en esta entrada cúando hay que reincorporarse al trabajo si te dan el alta médica.
Ahora vamos a tratar algunas recomendaciones que debemos seguir en la reincorporación al trabajo tras la denegación de la Incapacidad Laboral Permanente.
Son las siguientes:
- Comunicar inmediatamente el alta médica, el primer día hábil siguiente al que recibamos la notificación, acudiendo incluso personalmente al centro de trabajo.
- Solicitar las vacaciones pendientes de disfrutar. Si hemos agotado un procedimiento de Incapacidad Temporal de entre 12 y 18 meses podemos llegar a tener derecho a un mínimo de 1 mes de vacaciones.
- Solicitar a la empresa que nos realice un reconocimiento médico de vigilancia de la salud, conforme establecen los artículos 22 y 25 de la Ley Prevención Riesgos Laborales. Aunque se haya emitido el alta médica, ello no presupone una aptitud total para la realización de nuestra actividad laboral, pudiendo condicionarse por parte del Servicio Médico de Prevención de Riesgos Laborales de la Empresa la realización de ciertas actividades, o la adaptación del puesto de trabajo.
- También es posible solicitar un nuevo proceso de Incapacidad Temporal. Aunque el INSS tiene que validarlo posteriormente, y si no se da el visto bueno no se cobraría ese período. Pero no hay ningún impedimento para que el médico de cabecera del SES emita nuevo parte de baja.